miércoles, 17 de junio de 2020

Reglamento Escolar

Reglamento Escolar

a) Los requisitos que debo cumplir para completar de manera exitosa la reinscripción al semestre escolar inmediato son: 
  1. No tener endeudadas mas de 3 asignaturas o determinado número de módulos según corresponda el programa educativo elegido;
  2. Respetar la seriación que se establezca en el plan de estudios que me encuentre cursando;
  3. No sobrepasar el plazo máximo establecido para concluir el plan de estudios previsto en el Artículo Tercero del Reglamento escolar, el cual indica que en la modalidad de licenciatura será de 8 semestres y, como TSU en 5 semestres;
  4. Por último, que no me encuentre en condiciones de tener una falta administrativa en los casos de: suspensión de derechos para cursar una asignatura o modulo hasta por un semestre; que no sea acreedor a una suspensión temporal de hasta por dos semestres; además de no ser acreedor a una baja definitiva de la Universidad. Artículo 9 y fracciones III, IV y V del Artículo 61.
b) Los casos en los que podré cursar la carga máxima son:
  1. Haber cursado y acreditado, de forma regular, el total de asignaturas o módulos de los semestres anteriores;
  2. Disponibilidad para registro en la plataforma electrónica de las asignaturas o módulos. Artículo 24
c) En el Artículo 29, se define la obligación de entregar evidencias de aprendizaje inéditas.
d) Tendré dos oportunidades para cursar una asignatura o módulo. De no consumar la asignatura o módulo en dichas oportunidades, aun tendré la oportunidad de acreditarla hasta en un máximo de 4 exámenes extraordinarios. Artículo 32 y Artículo 33.

e) Las condiciones por las que podría causar baja por inactividad en cualquier asignatura o módulo serán:  cuando no exista un aval de actividad académica que puede ser por la falta de entrega de tareas, participación en foros, participación en actividades colaborativas, archivos solicitados para subir a la plataforma, entre otros; todas ellas realizadas en la plataforma electrónica durante un periodo de 21 días naturales contados a partir del inicio del bloque. Artículo 40.

f) El plazo máximo en que debo cubrir la totalidad del plan de estudios, no deberá exceder del 100% adicional al tiempo ya establecido, tomando en cuenta como inicio la inscripción a la Universidad. Articulo 45.

g) En el Artículo 57 se plasman los derechos de los estudiantes; en el Artículo 58 se plasman las obligaciones de los estudiantes; en el Artículo 59 se plasman las causas de responsabilidad de los estudiantes. Como obligación debo poner especial atención en el uso adecuado de la infraestructura y demás servicios educativos que proporcione la universidad u otras instituciones de educación superior que faciliten sus instalaciones y acatar sus políticas o reglamentos, evitando cualquier práctica que altere los fines y propósitos de la institución. 

Código de Ética

El apartado que hace referencia a la propiedad intelectual de otras personas es el 2 fracción 3, que lleva por título Honestidad. Para cumplir con este apartado de propiedad intelectual, debo otorgar reconocimiento a la obra que crearon otras personas, es decir, hacer mención o darle en crédito correspondiente para respetar el tiempo y esfuerzo invertido en su publicación o descubrimiento.

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